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Normas de uso y disfrute de las playas durante "LA NIT DE SANT JOAN 2014"

Las playas son un medio natural altamente sensible a la acción del hombre. Su conservación depende del uso responsable que realicemos de ellas, especialmente en fechas señaladas como la Noche de San Juan.

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  1. Queda prohibida la realización de hogueras dentro de los espacios naturales protegidos del municipio.
  2. No se pondrán hacer fuegos ni hogueras con los siguientes materiales:
    • a. Neumáticos, gomaespumas, plásticos, botes de aerosoles de cualquier clase, o cualquier otro tipo de residuo inflamable, explosivo o cuya combustión pueda conllevar la emisión de humos o gases, contaminantes o molestos.
    • b. Que generen residuos o contengan elementos peligrosos para los bañistas como tachas, clavos, grapas, chapas y objetos metálicos. (ejemplo palets, muebles, sillas, etc.) o puedan desprenderse de la hoguera con el viento y producir un incendio.
  3. Sin perjuicio de lo anterior, las hogueras o fuegos se ajustarán a los siguientes requisitos:
    • a. Los materiales apilados para la hoguera no podrán sobrepasar la altura de 1.5 metros, ni ocupar una superficie superior cuadrada de a 1.5 metros.
    • b. La distancia entre una y otra hoguera o fuego será como mínimo de 4 metros.
    • c. Los usuarios de la hoguera designarán un responsable encargado de la vigilancia y cumplimiento de este bando, que evitará en todo momento que menores de edad puedan quedarse solos en la hoguera. El responsable queda obligado a identificarse a requerimiento del Servicio de la Policía Local. Dicho Servicio podrá ordenar la extinción de la hoguera si su mantenimeinto resultara peligroso.
    • d. Se deberá controlar y supervisar, en todo momento, por un adulto la quema de estas hogueras, no dejando a los menores solos en el lugar de la hoguera.
  4. Respeta el mobiliario urbano instalado en las playas y recuerda que las pasarelas, sillas de vigilancia y las papeleras, sombrillas, son necesarias para garantizar tu integridad y comodidad en las playas de la localidad.
  5. Se deberán recoger los residuos que se hayan generado; asegurándose de que el lugar queda limpio y sin restos que pueden producir daños a los bañistas y al medio ambiente.
  6. Se recuerda que está prohibido realizar la actividad denominada comúnmente “botellón”, tanto en la zona de playas como en el paseo marítimo (artículo 22.4 de la Ordenanza de Uso y Disfrute de las Playas del Término Municipal de Burriana).
  7. No está permitido el acceso a las playas con envases de vidrio (artículo 9 de la de la Ordenanza de Uso y Disfrute de las Playas del Término Municipal de Burriana).
  8. Está prohibido el uso de bombonas de gas y/o líquidos inflamables en las playas (artículo 22.2 de la Ordenanza de Uso y Disfrute de las Playas del Término Municipal de Burriana).
  9. Está prohibido cocinar en la playa (artículo 22.3 de la Ordenanza de Uso y Disfrute de las Playas del Término Municipal de Burriana).
  10. Se debe evitar hacer hogueras innecesarias. Con ello, se contribuye a minimizar el impacto que estas suponen para nuestras playas.
  11. No es aconsejable bañarse fuera del horario de prestación del servicio de Salvamento y Socorrismo.

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