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Vehículos Abandonados

Consideración de Vehículo Abandonado.


Un Vehículo se considera racionalmente abandonado:

  1. Cuando permanezca estacionado por un periodo superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matriculación. En este caso, tendrá el tratamiento de residuo sólido urbano de acuerdo con la normativa ambiental correspondiente.
  2. Cuando transcurran más de dos meses desde que el vehículo haya sido depositado, tras su retirada de la vía pública por la Autoridad competente.

 

Apertura de Expediente. 


La apertura de expediente para la tramitación de un vehículo abandonado puede realizarse:

  1. De oficio, por la propia Policía Local.
  2. Comunicación de un ciudadano:
    • Llamando por teléfono a la Policía Local (964 51 33 11 ó 092).
    • A través del formulario de esta página web (recomendado).
    • Comunicación personal a cualquier agente de la Policía Local.
  3. Mediante presentación de escrito en el Ayuntamiento. Si usted se decide por esta opción, son necesarios los siguientes datos:
    • Lugar donde se encuentra estacionado el vehículo . 
    • Marca, modelo, color y matricula (si la tuviera).
    • Una breve descripción del estado del vehículo y el tiempo que se encuentra estacionado.

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